¿Está prohibida la pirotecnia durante las Fiestas Patrias en Querétaro?
Muchos ciudadanos están optando por no usar pirotecnia durante las Fiestas Patrias en Querétaro debido al riesgo que representan.
Muchos ciudadanos están optando por no usar pirotecnia durante las Fiestas Patrias en Querétaro debido al riesgo que representan. Algunos residentes, como Lourdes Ortiz, destacan que los evitan a toda costa por el peligro inherente a la manipulación y uso de cohetes. La preocupación no se limita solo a los daños físicos, sino también al impacto emocional y psicológico, especialmente en niños y adultos mayores, lo que ha llevado a más personas a tomar conciencia sobre los riesgos asociados con los fuegos pirotécnicos.
Además del peligro físico, otro motivo importante por el cual los queretanos están evitando la compra y uso de de pirotecnia para las Fiestas Patrias del 15 de septiembre es el daño que el ruido puede causar a los animales. El estruendo generado por los cohetes suele alterar a las mascotas, en particular a los perros, quienes sufren de estrés y ansiedad debido al sonido.
Martín Sánchez, un ciudadana de Querétaro, mencionó que considera que la falta de conciencia sobre este problema es preocupante, ya que afecta directamente a los animales. Por su parte, Francisco Trejo enfatizó que, además de ser una fuente de contaminación y de representar un gasto innecesario, el uso de pirotecnia es peligroso para las familias, especialmente para los niños.
“Yo creo es falta de consciencia, principalmente porque esto daña mucho a los animales tengo entendido, y los estresa mucho, yo creo que no es correcto”.
¿Está permitida la pirotecnia en Querétaro?
Por otro lado, el Reglamento de Justicia Administrativa para el Municipio de Querétaro establece sanciones severas para quienes detonen cohetes, enciendan fuegos pirotécnicos o hagan fogatas sin el permiso adecuado de las autoridades.
Multa por usar pirotecnia en Querétaro
De acuerdo con el artículo 25, fracción VII, no respetar tal norma puede acarrear multas que van desde 4,885.65 pesos, equivalentes a 45 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), hasta 32,571 pesos, que representan 300 UMA. Asimismo, también puede conllevar arresto administrativo por hasta 36 horas.